Salud, derecho desmejorado

La crisis que enfrentan algunos centros de salud públicos continúa: saturación, deshumanización, negligencia médica y falta de recursos elementales. El jueves pasado, más de 20 organizaciones, entre ellas la Wellness Foundation México, que preside Héctor Valle Mesto, publicaron un desplegado para advertir a los legisladores federales que no deben hacer un recorte presupuestal en salud. Argumentan que México está al fondo de los indicadores de la OCDE: inversión de 6.2% del PIB, contra el promedio grupal de 8.9 por ciento. Cerca de la mitad del gasto de los pacientes mexicanos (45%) procede de sus propias carteras, lo que contrasta drásticamente con la media de 20% de los países miembros.

La medicina privada se vuelve forzada opción para millones de personas. A pesar de cumplir, en muchos casos, con sus aportaciones al sistema de salud pública, pacientes y familiares tienen que hacer erogaciones que dañan e incluso destruyen su patrimonio, sin que ello les garantice una praxis hospitalaria ética, digna y eficiente. Lo peor es que en ocasiones el costo no sólo se paga con dinero sino también con una cuota, a veces muy alta, de salud. Uno de los bienes más preciados del ser humano y un derecho fundamental consignado en el Artículo 4º de nuestra Constitución, reconocido por la Organización Mundial de la Salud, está siendo ignorado.

A diferencia de otros establecimientos mercantiles, los hospitales o centros médicos privados realizan una función de interés público por concernir a la salud y a la vida. La Ley General de Salud y su Reglamento establecen obligaciones para los establecimientos privados como el de dar atención gratuita de emergencia, aunque de ello haya escasa o nula evidencia.

Algunas luces se encienden al final del túnel. Provienen del Poder Judicial federal, que analiza con acierto varios casos en la materia. La Suprema Corte de Justicia (SCJN), que preside el ministro Luis María Aguilar, ha resuelto criterios que sentarán buen precedente. Entre las recientes resoluciones en materia de responsabilidad de hospitales privados destacan:

– En casos de negligencia médica, la carga de las pruebas que están fuera del alcance de la víctima supone para ella una desventaja y la pone en riesgo de ser revictimizada.

– La responsabilidad del hospital es admisible en actos cometidos por su personal, que de manera aparente trabaja en sus instalaciones. Negar la relación laboral o profesional con el médico no es razón válida para eximir de responsabilidad al establecimiento hospitalario.

Con sansón a las patadas

Atención especial merece el reconocimiento de la vulnerabilidad de los pacientes de instituciones hospitalarias privadas. Además de admitir que la complejidad del servicio puede originar responsabilidades diversas y causar daños morales o patrimoniales, la SCJN reconoce que existe una asimetría de poder entre los usuarios y los hospitales. Los ministros abonan al derecho a la protección de la salud para hacer justicia en casos de negligencia médica. La actuación de los hospitales privados y de su personal médico tiene repercusiones en la protección de la salud de los pacientes, lo cual reviste un interés público.

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