Herencia Digital

Una de las expresiones de condolencia más frecuentes destaca que aunque una persona muera, su recuerdo seguirá vivo. En tiempos de internet, sin embargo, la frase debe actualizarse: “su recuerdo seguirá  vivo… y también su perfil de Facebook, su cuenta de Twitter, Instagram, YouTube, etc., su historial en Google, sus blogs, avatar y datos en la nube”.

La World Wide Web y el mundo digital no saben de funerales. A la incapacidad de borrar datos incómodos de nuestro pasado -a pesar del derecho al olvido-, hoy se suman desafíos ante el futuro, incluido nuestro estado post mortem.

En países como Francia, Estados Unidos y España, se han hecho intentos para crear un marco legal para las herencias digitales. El Parlamento de Cataluña recientemente aprobó una ley que establece reglas de Derecho civil para el legado de comunicaciones electrónicas, cuentas en las redes, información en la nube y dominios de internet. Lamentablemente estos temas no tienen empuje en México pese a ser el país con mayor penetración en redes sociales, según ComScore.

El asunto de la herencia digital es complejo, y aunque el vacío legal es evidente, el entramado trasciende por mucho los alcances de un congreso local, incluso de los parlamentos nacionales.
Para el caso de España, expertos como Javier de la Cueva (El País, 28/02/17), argumentan que el derecho de heredar bienes, derechos y obligaciones ya está contemplado en el código civil español desde 1889. Lo que ocurre es que cuando se trata del llamado “patrimonio virtual” estamos sujetos a reglas supranacionales y a acuerdos comerciales –aunque sin saberlo– al momento de dar clic y aceptar las políticas de bienvenida a cuentas con acceso a Internet. Así ocurre, por ejemplo, con los contenidos que se quedan en iCloud donde la cuenta es intransferible y los derechos sobre el contenido almacenado se revocan a la muerte del titular.

En Google y Facebook la situación tiene avances pues la posibilidad de sucesión sí existe aunque casi nadie lo sabe. Google ofrece la opción de dar un plazo para que la cuenta quede inactiva o bien asignar a un administrador de la cuenta, mientras que Facebook permite nombrar un contacto sucesorio, pero casi nadie lo sabe ni lo hace. Mientras tanto, el patrimonio digital va en aumento.

Más allá de iniciativas privadas como la de la empresa Tellmebye, que ofrece gestionar el legado del contenido virtual, el desafío de las herencias digitales no es valorado. La gran red está dominada por usuarios jóvenes que ven la muerte como una realidad lejana, pero en algún momento, todos los que hoy alimentamos cuentas virtuales terminaremos dejando nuestros datos más valiosos (fotografías, videos, música, contactos, información de todo tipo y documentos).

¿INMORTALIDAD VIRTUAL O DERECHO A BIEN MORIR EN INTERNET?

Día a día se está conformando en el mundo un infinito patrimonio virtual que será la expresión de la primera generación de seres humanos que confiaron todo a sus cuentas digitales. El dilema es claro: mandarlo al olvido y dejarlo al garete, o trabajar en legislaciones nacionales e internacionales para rescatarlo y asegurar que quede en buenas manos. Si alguien va al cielo, que su información no quede en las nubes.


Ve el artículo original en El Economista, da click aquí